ESTRUCTURA
- Directora: Ana Platón.
- Jefa de estudios
: Sara Muñoz. - Secretaria: Raquel Olmos.
Estructura organizativa de un centro.
- Colegiados.
- Unipersonales.
.- Asociaciones.
FUNCIONES DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE CENTRO.
Los centros escolares están compuestos de personas con distintas responsabilidades y la sinergia entre
las diferentes funciones es lo que da el resultado de la organización. Aquí describiremos de una manera breve las funciones de los distintas unidades:
DIRECTOR
Se han realizado diferentes estudios
y elaborado teorías sobre el liderazgo de equipos que nos pueden resultar útiles para entender esta función en la actualidad, según las necesidades y la realidad. ahora
bien
, no hemos de olvidar los requisitos básicos según la ley
. Así, recientemente, según la LOMCE (2013), son competencias del director:
a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones
y necesidades de la comunidad educativa.
b) Dirigir y coordinar todas las actividades
del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar.
c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes
para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.
d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.
e) Ejercer la jefatura de todo el personal
adscrito al centro.
f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos y alumnas, en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley orgánica. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.
g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas.
h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.
i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro del profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados, en el ámbito de sus competencias.
j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.
k)Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar del centro.
l) Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley Orgánica.
m) Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.
n) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.
ñ) Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
o) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
p) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.»
FUNCIONES DEL SECRETARIO
- Ordenar el régimen administrativo del instituto, de conformidad con las directrices del director del centro.
- Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del Instituto. Levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
- Custodiar los libros oficiales y archivos del Instituto.
- Expedir, con el visto bueno del Director, las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
- Realizar el inventario general del Instituto y mantenerlo actualizado.
- Adquirir el material y el equipamiento del Instituto, custodiar, coordinar y gestionar la utilización del mismo y velar por su mantenimiento en todos los aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones del Director.
- Ejercer, por la delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscritos al Instituto y controlar la asistencia al trabajo del mismo.
- Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales el horario del personal de administración y servicios, así como velar por su estricto cumplimiento.
- Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del Instituto.
- Ordenar el régimen económico del Instituto, de conformidad con las instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante autoridades correspondientes.
Funciones del Coordinador.
-Diseñar y proponer programas de actualización y capacitación del personal docente del colegio.
-Manejar y archivar un programa de evaluación permanente, tanto del proceso educativo, como de los docentes y funcionarios que lo ejecutan.
-Ser el responsable de la elaboración de los horarios de clases y de exámenes, la distribución de las aulas y la presentación adecuada de cada salón.
-Constatar que los docentes cumplan puntualmente con su horario de trabajo y permanezcan en la Institución las horas que les corresponde dando clases, atendiendo a padres y estudiantes y apoyando a los directivos en situaciones que así lo exijan.
-Ser miembro del Consejo Académico, de la Comisión de evaluación y promoción.
-Desempeñar las funciones de la Rectoría ante su ausencia.
-Evaluar, diseñar y proponer programas de formación integral que sean consecuentes con la filosofía educativa y la misión institucional, haciendo énfasis en lo referente al manejo y control del comportamiento de las estudiantes.
-Ser responsable por el manejo de los documentos y registros propios de su función, asegurándose que se cumplan las políticas y regulaciones de la Institución y del Ministerio de Educación Nacional.
-Tener comunicación constante con los docentes, los directivos, los padres y demás miembros de la comunidad, referente a la marcha y la proyección del programa de formación integral.
Referencia documental:
- Dirección: https://angelsabin.wordpress.com/2014/03/17/la-lomce-y-la-direccion-de-centros-3/
- Secretario: https://www.educaweb.com/profesion/secretario-escolar-587/
- Coordinación: https://www.educacion.gob.es/exterior/centros/jacintobenavente/es/pdf/organos_coordinacion.pdf
- Jefe de estudios: https://www.educaweb.com/noticia/2009/03/09/figura-jefe-estudios-malo-pelicula-cada-vez-aspiran-menos-candidatos-3524/
- AMPA : https://ampacaloreto.wordpress.com/estatutos/competencias-y-objetivos-del-a-m-p-a/